Dratuti писал(а): 09 янв 2026, 13:16
А если есть хоть один воздержавшийся, то всё... только назначение.
В законе такого требования нет.
100% требуется исключительно при:
Los acuerdos no regulados expresamente en este artículo, que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad, requerirán para su validez la unanimidad del total de los propietarios que, a su vez, representen el total de las cuotas de participación.
Практически по всем вопросам достаточно простого большинства:
7. Para la validez de los demás acuerdos bastará el voto de la mayoría del total de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación. En segunda convocatoria serán válidos los acuerdos adoptados por la mayoría de los asistentes, siempre que ésta represente, a su vez, más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes.
И даже если большинства нет, то решение можно протащить через судью:
Cuando la mayoría no se pudiere lograr por los procedimientos establecidos en los apartados anteriores, el Juez, a instancia de parte deducida en el mes siguiente a la fecha de la segunda Junta, y oyendo en comparecencia los contradictores previamente citados, resolverá en equidad lo que proceda dentro de veinte días, contados desde la petición, haciendo pronunciamiento sobre el pago de costas.
Dratuti писал(а): 09 янв 2026, 13:16
Испанская жизнь полна таких нюансов
Да, поэтому я не стал начинать обсуждение с цитирования известного мне закона. Тут очень часто бывает, что различные нелепые требования довносятся различными законами/подзаконными актами, о которых непонятно как узнавать.