Serjeo писал(а): ↑25 май 2023, 15:53
и тут вы опять ошиблись. Лично я обратился за беженством через три месяца после приезда в Испанию
Artículo 17. Presentación de la solicitud.
1. El procedimiento se inicia con la presentación de la solicitud, que deberá efectuarse mediante comparecencia personal de los interesados que soliciten protección en los lugares que reglamentariamente se establezcan, o en caso de imposibilidad física o legal, mediante persona que lo represente. En este último caso, el solicitante deberá ratificar la petición una vez desaparezca el impedimento.
2. La comparecencia deberá realizarse sin demora y en todo caso en el plazo
máximo de un mes desde la entrada en el territorio español o, en todo caso, desde que se produzcan los acontecimientos que justifiquen el temor fundado de persecución o daños graves. A estos efectos, la entrada ilegal en territorio español no podrá ser sancionada cuando haya sido realizada por persona que reúna los requisitos para ser beneficiaria de la protección internacional prevista en esta Ley.
Serjeo писал(а): ↑25 май 2023, 15:53ошибка ваша, лично я заехал в Испанию через Норвегию
Artículo 20. No admisión de solicitudes presentadas dentro del territorio español.
1. El Ministro del Interior, a propuesta de la Oficina de Asilo y Refugio, podrá, mediante resolución motivada, no admitir a trámite las solicitudes cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
– Por falta de competencia para el examen de las solicitudes:
a) cuando no corresponda a España su examen con arreglo al Reglamento (CE) 343/2003, del Consejo, de 18 de febrero, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país;
https://www.boe.es/eli/es/l/2009/10/30/12/con
В Испании часто идут на встречу людям, даже если они допустили те или иные процедурные нарушения. Часто, но не всегда. Продолжайте забег по граблям, лоб Ваш
