http://extranjeros.empleo.gob.es/es/Inf ... index.html
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AUTORIZACIÓN DE TRABAJO POR CUENTA PROPIA
REQUISITOS
Las actividades laborales deberán ser compatibles con la realización de los estudios.
Los ingresos obtenidos no deberán tener el carácter de recurso necesario para su sustento o estancia, ni serán considerados en el procedimiento de prórroga de estancia.
La actividad deberá ser a tiempo parcial o, en el supuesto de ser a tiempo completo, su duración no podrá superar los tres meses ni coincidir con los periodos que se realicen los estudios.
Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso, la colegiación cuando así se requiera.
Poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.
Contar con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento (en el caso de que los recursos deriven del ejercicio de la actividad su valoración se realizará una vez deducidos los necesarios para hacer frente a los gastos derivados de la actividad).